El Comité Escolar de Convivencia, es el encargado de apoyar las funciones de promoción y seguimiento, la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y desarrolla y aplica lo establecido en este manual de convivencia, y las pautas sobre la prevención y mitigación de la violencia escolar.
El Comité estará integrado por:
> El Rector quien lo convocará y presidirá. En ausencia de éste, lo dirigirá el docente a quien designe y que lidere procesos o estrategias de convivencia y haga parte del respectivo comité.
> Un representante de los docentes. Como mínimo o un representante por cada sede del Plantel, el presidente del consejo de padres de familia, un representante de la Asociación de padres de familia, el orientador escolar, el coordinador de convivencia o (coordinador general del colegio), y el personero estudiantil
> El Comité Escolar de Convivencia sesionará por lo menos una vez cada dos meses o en caso extraordinario, cuando las circunstancias lo ameriten, o por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo.
> El quórum para tomar decisiones en cualquiera de las reuniones que se convoquen, será de la mitad más uno de los miembros que asistan, y para lo cual se debe convocar a la totalidad de los mismos.
De todas las sesiones que se realicen se debe elaborar un Acta que debe contener:
> Lugar, fecha, hora en la cual se efectuó la reunión.
> Registro de los miembros del comité que asistieron a la sesión.
> Registro de los miembros que presentaron excusa debidamente justificada.
> Indicación de los medios utilizados para la citación.
> Síntesis de los temas tratados en la reunión y de las acciones, medidas, recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones.
> Firma del Presidente del comité y de quien haga las veces de secretario de Actas una vez haya sido aprobada por los asistentes.
> Estas actas serán llevadas en folder con numeración continua.